Exposición de motivos
Se considera pertinente replantear la evaluación a los docentes, equipos técnicos y directivos para que el propósito sea la mejora de su desempeño y, por tanto, eliminar los criterios sancionadores de la evaluación del desempeño. Sin embargo, calificativos como “persecutorios” o la “la mal llamada Reforma” no son adecuados en un documento de la trascendencia que representa esta iniciativa de reformas.
Por otro lado, es pertinente que los siguientes aspectos se discutan con mayor profundidad:
- Cambiar calidad por excelencia, ya que esta, según el Diccionario de la Real Academia, es: “Superior calidad o bondad que hace digno de singular aprecio y estimación algo”. Por lo que, si se está entendiendo algo diferente por excelencia en educación, definirla, para evitar confusión, o regresar al término calidad que se menciona en diferentes momentos en el documento, lo que implicaría dejar el inciso d) de la fracción II del artículo 3.º.
- Declarar que: “Ha llegado el momento de pasar a la siguiente fase en el esfuerzo educativo nacional: lograr –a plenitud– la universalidad de la educación media superior y superior” es retórico para este nivel educativo. Si con la media superior no se ha alcanzado la obligatoriedad plantear lo anterior para la educación superior no es realista. Se sugiere matizar esta oración y replantear aparte el impulso a la educación superior, pero sin atarla a la universalidad y obligatoriedad.
- La inconveniencia de dejar sin autonomía y dependiente de la SEP el Centro Nacional para la Revaloración del Magisterio y la Mejora Continua de la Educación, que sustituirá al actual INEE.
- No aclarar el mecanismo de ingreso al magisterio en educación básica y media superior abre la puerta a la anterior venta de plazas. Deben imperar criterios pedagógicos no políticos y menos clientelares, de igual manera para la promoción y reconocimiento, por tanto, deben ser explícitos en la iniciativa.
Artículo 3. º
En el segundo párrafo se incluye a la educación superior como obligatoria y aunque en la fracción IV se especifica que “El Estado promoverá la inclusión de los jóvenes a (sic) la educación superior y establecerá políticas enfocadas a evitar la deserción y fomentar [la] permanencia”, antes se dice que para la educación universal y obligatoria los padres son responsables “de que sus hijos concurran a la escuela”, lo cual para un adulto es ir en contra de sus derechos. Como se dijo antes, se propone matizar este párrafo para la educación superior.
El penúltimo párrafo, antes de las fracciones, se especifican áreas del conocimiento que deben incluir los planes de estudio, sin mencionar Matemáticas, Español y Ciencias Naturales, y, en el caso de las artes, se le da un énfasis innecesario a la música. En particular, todas las áreas del conocimiento antes mencionadas son parte de las asignaturas del currículo de educación básica desde hace décadas, por lo que es prescindible este párrafo.
Retomar el inciso d) de la fracción II si se elige el término calidad en vez de excelencia o para definir lo que se entiende por esta. Es un acierto incluir el inciso e) sobre la educación equitativa, con el propósito que se concibe, que incluya la educación indígena y compromisos del Estado para garantizarla.
Replantear la anterior fracción II para aclarar que el ingreso, promoción y reconocimiento están sujetas a evaluaciones y la permanencia al “sistema de mejora continua de la educación [mediante el] Servicio de Carrera del Magisterio”, lo que es refuerza lo que se dice sobre colocar “en primer plano el reconocimiento de la función magisterial y establecer procedimientos de estímulos y valoración positiva”.
En el segundo párrafo de la fracción V (antes fracción III) se dice “estimará” en vez de “considerará”, que es un término menos preciso, por tanto, se propone dejarlo como estaba. También, eliminar “El Ejecutivo Federal establecerá los lineamientos para la formulación de contenidos y políticas de carácter regional”, pues implica una mayor centralización y no permite que las entidades federativas definan sus propios contenidos.
En la fracción IX, de acuerdo con lo que se planteó anteriormente, se propone que el Centro Nacional para la Revaloración del Magisterio y la Mejora Continua de la Educación tenga autonomía constitucional y no solo técnica.
Armando Sánchez Martínez[1]
[1] Químico, egresado de la UNAM, con maestría en Educación de la Universidad Autónoma de Morelos y estudios de doctorado en el Instituto de Educación de la Universidad de Londres. Gerente de Investigación Educativa en Editorial Santillana e integrante de Educar Importa S. C. y del Instituto de Estudios para la Transición Democrática A. C.