De borrachos y cantineros, parece que es la discusión sobre la corrupción que campea en el gobierno federal, estatales y municipales, a decir de la actual administración. La Secretaria de la Fusión Pública, Irma Eréndira Sandoval, señaló que durante la pasada administración hubo irregularidades de todo tipo, “monumentales e inmorales” en el ejercicio del presupuesto, pero ninguna la calificó de grave, es decir, que ninguna de las irregularidades terminará en algún tribunal y todas ellas serán resueltas por proceso administrativos y por supuesto, como lo decía Pedro Infante en la película “Dos Tipos de Cuidado”, aplicarles la peor de las sanciones “La muerte civil” y el escarnio público en alguna oportuna mañanera de AMLO.
Sin duda, no es lo mismo ser borracho que cantinero, es muy fácil difamar y señalar, pero cuando tienes que probar los dichos y más para iniciar un proceso judicial, de control de poderes, en donde la denuncia en este caso la hace la Secretaria de la Función Pública Irma Eréndira y el que investiga es el Fiscal y presenta ante el juez que corresponda.
El Fiscal Gertz Manero, tendrá como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede impune; así como promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general.
Es decir, el fiscal es un ministerio publico grandote, pero que está sujeto a la Ley y nunca por encima, es por ello que al Comandante Supremo de la “Cuatroté” le urge seguir demoliendo la integridad de todos los jueces, para que sus ocurrencias o persecuciones de anteriores funcionarios no le sigan causando daño a su imagen, aunque al que más afecta es a él mismo y su gabinetazo.
Es por ello que es muy importante preservar y fortalecer los controles constitucionales, y entender cuáles son estos y como debemos de garantizarlos.
El control constitucional entre los poderes del Estado Mexicano, surge para evitar el poder omnímodo de un poder sobre el resto, sea esté judicial, administrativo o legislativo, de las entidades federales o del gobierno federal o central.
Es por ello, que el legislativo y su respectiva colegisladora emiten y reforman las leyes que obligan a los jueces y magistrados a acatar y aplicar, el control y aprobación del presupuesto que hace la Cámara de Diputados de los poderes y de los órganos constitucionales autónomos, a través de la Auditoría Superior de la Federación, que le corresponde verificar que los recursos que se solicitan por los poderes y los organismos se gasten de marera económica, proba y transparente e informada con oportunidad a través de la SHCP, la auditoria superior de la federación que tiene en facultad por la fracción X del artículo 14 de la Ley en la materia de:
“La imposición de las sanciones resarcitorias correspondientes en los términos de esta Ley.”
E iniciar procedimiento penal a través del control constitucional judicial a petición de la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.
Entender que la secretaria de la Función Pública, tiene por objeto, Organizar y coordinar el sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental y de sus resultados; inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los Presupuestos de Egresos, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para validar los indicadores para la evaluación de la gestión gubernamental, en los términos de las disposiciones aplicables, es decir es un órgano del gobierno federal que tiene por encargo optimizar la función administrativa de regulación del gobierno federal.
Por ello no es tan importante la exoneración sustantiva que hace la secretaria del ramo.
El término "irregularidad" se refiere, en el contexto de esta norma técnica, a los actos u omisiones intencionado, cometido por uno o más individuos, sean de los administradores, de la dirección, de los empleados de la entidad auditada, o de terceras personas ajenas a ésta, que alteran la información contenida en las cuentas anuales.
La irregularidad puede suponer, entre otros:
Manipulación, falsificación o alteración de registros o documentos.
Apropiación indebida y utilización irregular de activos.
Supresión u omisión de los efectos de transacciones en los registros o documentos.
Registro de operaciones ficticias.
Aplicación indebida e intencionada de principios y normas contables.
Los errores e irregularidades tienen en su intencionalidad el factor primordial de diferenciación. Sin embargo, en ocasiones resulta difícil determinar dicha intencionalidad, sobre todo en aspectos relacionados con estimaciones contables o en aplicación e interpretación de principios y normas de contabilidad" o cuando se hace referencia a monumentales o inmorales, que no se encuentran tipificadas en la nomenclatura de la materia.
Con el informe de la Secretaria de la Función Pública, junto con la detención de Emilio Lozoya Austin, cierra el tiempo de la especulación e inicia el tiempo de cierre y rendición de cuentas en donde de las 10 mil observaciones incluidas las que presuntamente cometió el ex director de PEMEX y Rosario Robles, se tendrán que subsanar o establecer el mecanismo de aclaración y reparación del daño, estamos seguros que ninguna de ellas terminará en sentencia por desfalco o daño a la nación irreparable y en apego a derecho se podrá reparar daño, si aplica, es muy probable que terminen sancionados, ambos funcionarios, por falsificar licencia de conducir de la Ciudad de México.
Como dice AMLO, la corrupción es un acto de fe en donde a decir del Presidente se levantará pañuelo blanco incluso de la administración de Enrique Peña Nieto, y donde quedo el malestar de la gente.
El problema central de la campaña de AMLO, no eran actos de corrupción efectiva, el discurso actual es y fue básicamente ideológico y político que no va a terminar en los tribunales que actualmente siguen siendo autónomos, inclusive se espera pronta liberación de Carlos Ansiara a decir de sus abogados.
Decisiones de los tribunales que son colegiadas todas sus resoluciones, la corrupción se basó en una diferenciación entre modelos liberares en donde se acota la responsabilidad del Estado a una regulación del mercado y de la sociedad de manera supletoria o por el modelo estatista neo-corporativo que está instrumentado la actual administración con muy pobres resultados.