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Comisión del Senado avala prestaciones para trabajadoras del hogar

20 Mar 2019
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  • Las reformas a la Ley Federal del Trabajo contemplan la firma de un contrato, vacaciones, seguridad social, aguinaldo y prohíben solicitar constancia o prueba de no gravidez. 

Las trabajadoras del hogar deberán ganar arriba de dos salarios mínimos vigentes y contar con prestaciones como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social y aguinaldo.

 

Por unanimidad, la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado, que preside el morenista Napoleón Gómez Urrutia, aprobaron reformas a la Ley Federal del Trabajo en materia de las personas trabajadoras del hogar.

 

De acuerdo con la reforma, el trabajo del hogar deberá fijarse mediante contrato por escrito, que incluya, entre otros, la remuneración, el método de cálculo de la misma y la periodicidad de los pagos; las horas de trabajo; las vacaciones anuales pagadas y los períodos de descanso diario y semanal; el suministro de alimentos y alojamiento, cuando proceda.

En el caso de los alimentos destinados a las personas trabajadoras del hogar deberán ser higiénicos y nutritivos, además de ser de la misma calidad y cantidad de los destinados al consumo del patrón.

 

Los cambios a la ley prohíben solicitar constancia o prueba de no gravidez para la contratación de una mujer como trabajadora del hogar y despedir a una persona embarazada, y de ser el caso, el despido se presumirá como discriminación.

 

De igual manera, dicha comisión aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 69 y 72 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del 123 Constitucional, el cual otorga a los trabajadores la libertad a formar parte o no de un sindicato y a no ser obligados a permanecer en el mismo.

 

Con información de: El Financiero

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