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Ordena CoIDH a México que regule la prisión preventiva oficiosa

13 Abr 2023
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Ordena CoIDH a México que regule la prisión preventiva oficiosa Imagen tomada de: https://twitter.com/CorteIDH
  • Es vinculante, pero no hay un mecanismo de obligación, señala experto

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) notificó ayer una sentencia que obliga al Estado mexicano a eliminar el arraigo y la prisión preventiva oficiosa de su orden legal, incluso de la Constitución.

Se trata de la sentencia García Rodríguez y otro vs. México, que concluyó que el Estado mexicano es responsable de una serie de violaciones de derechos humanos de Daniel García y Reyes Alpízar.

Ambas personas estuvieron presas por más de 17 años, sin una sentencia, acusadas del asesinato de María de los Ángeles Tamez, exregidora de Atizapán, Estado de México, el 5 de septiembre de 2001.

Según la CoIDH, al arraigarlos y someterlos a prisión preventiva oficiosa, el Estado mexicano violó sus derechos a la integridad y libertad personal, igualdad ante la ley, garantías judiciales y protección judicial.

También les violó la presunción de inocencia y vulneró el derecho de defensa a García Rodríguez, quien no tuvo abogado en las primeras etapas de su detención; además, ambos fueron sometidos a coacción y tortura.

Por ello, la CoIDH obligó al Estado mexicano a realizar acciones de reparación para el caso en particular, como concluir los procedimientos penales e indemnizar a las víctimas.

También ordenó acciones generales. “El Estado (mexicano) deberá dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza preprocesal (y) adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa”, dijo.

Agregó que el arraigo es una medida restrictiva que vulnera los derechos a la libertad personal, a ser oído y a la presunción de inocencia, y la prisión preventiva oficiosa deja a los jueces sin posibilidad de ejercer un control sobre la pertinencia de su aplicación.

Con información de: El Financiero

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