¿Y si la gente que está en la cárcel sale, a qué se van a dedicar?, escuché decir a una persona en una conversación muy cotidiana de las muchas que se dan arriba de un transporte público. El tema era la ley de amnistía, ambos conversadores sabían de lo que estaban hablando y recordaban que este asunto fue un compromiso de campaña del ahora presidente Andrés Manuel López Obrador.
El cuestionamiento que alcanzamos a escuchar de manera somera nos hizo reflexionar sobre la iniciativa que hace unos días el titular del Ejecutivo federal envió al Congreso de la Unión para su análisis y posible aprobación.
¿A qué se van dedicar quienes sean alcanzados por los beneficios de la Ley de Amnistía?, sobre todo cuando es del conocimiento público que a casi un año de inicio del sexenio de gobierno del presidente López Obrador se ha registrado cifras en materia de Desarrollo Social y Económico que hablan de desempleo, para ser más específicos hay datos del INEGI que señalan que aproximadamente dos millones de personas no tienen empleo, y a esas cifras tendríamos que sumar datos del subempleo o del empleo informal.
¿Qué va a pasar en caso de que los amnistiados no reciban oportunidades de trabajo, acaso volverán a delinquir?, es una de tantas preguntas que podemos encontrar en las reflexiones del pueblo sabio. ¿En el gobierno tendrán consideradas estas dudas que en la calle se hacen?
Hay mucha gente que está a favor de la propuesta de liberar a quienes purgan delitos menores o que por su condición vulnerable fueron puestos tras las rejas en procesos injustos. La propuesta no es mala, datos del INEGI señalan que en las cárceles del país hay un número significativo de personas privadas de su libertad por su condición de pobreza y donde el común denominador de estos supuestos delincuentes fue su baja escolaridad, analfabetismo o ser parte de una comunidad o pueblo indígena, y por esa condición a muchos se les negó un proceso justo o los juzgadores sucumbieron ante la ley del más fuerte.
La figura de la Amnistía, se lee en la argumentación de la iniciativa de Ley, es un instrumento del que el Estado dispone, a través del Poder legislativo de la Unión, para otorgar a ciertas personas indiciadas o privadas de su libertad el perdón por actos delictivos. Y en este caso beneficiarios podrán ser quienes reúnan tres condiciones primordiales: “primera, que su sentencia en firme haya sido la primera que recibieron por el delito del que se les indició, es decir, que no sean personas reincidentes; segunda, que no hayan sido condenadas por delitos en los que se privó de la vida a otra persona, por delitos contra la integridad corporal o secuestro, o se provocaron lesiones graves con secuelas permanentes, y tercera, que en la comisión del delito no hayan empleado o utilizado armas de fuego”, y se aclara que no podrán ser amnistiadas las personas que hayan cometido delitos considerados graves por las normas penales.
En general hay un consenso favorable para que los infractores de delitos menores tengan una segunda oportunidad para su reintegración a la sociedad.
Sea bienvenida la propuesta y ojalá en el legislativo, en caso de que transite la ley, se resuelva antes la inquietud que existe de cómo van a generar oportunidades para quienes sean liberados, sobre todo cuando afuera de las cárceles muchas familias hablan de desempleo y falta de oportunidades en el campo laboral. ¿O acaso estamos ante un escenario futuro de que a los amnistiados se les dictará una segunda condena, porque por hambre y sin trabajo volvieron a reincidir? Que conste.
